LAS DOS CARTAS DE POBLACIÓN DE BENIDORM: 1325 y 1666.
Francisco Amillo Alegre
En abril de 2003, hace veintiún años, publiqué la primera edición de la Carta Puebla de 1666 otorgada por Beatriz Fajardo de Mendoza para repoblar Benidorm. Iba acompañada de un estudio introductorio prologado por Pere Maria Orts i Bosch [1].
Benidorm tuvo dos cartas de población, una del siglo XIV y otra del XVII. No es un caso raro, sino todo lo contrario, ya que bastantes poblaciones del Reino de Valencia tuvieron dos y algunas más. [2].
Nadie ha dudado, en ningún momento, que el documento de 1325, otorgado por Bernat de Sarrià, fuera una Carta Puebla. Respecto a la de Beatriz Fajardo hubo alguna duda sobre si era un documento de riego, creando el Reg Major de l’Alfàs, o una carta puebla. Desde el primer momento tuve claro que, por su estructura y contenido, se trataba de una carta de población. Por otro lado encontré un acta notarial del 1 de abril de 1666 donde se recoge la creación de dicho riego en Polop por Beatriz Fajardo. Se conserva en el archivo del Riego Mayor de Alfaz del Pi y Benidorm de la Nucia, donde se indica que se convocó a todos los vecinos:
En el Castillo y Varonia de la Villa de Polop, fue reunido concejo general,[...] precediendo licencia, permiso y facultad, dada de palabra á los Justicias y jurados de la presente Villa y Baronia, por la muy noble Señora Doña Beatriz Maria Fajardo y Mendoza, Señora de las villas de Montealegre, Albudeyte, la Nora [La Ñora], Seuti [Ceutí] y la Raya y de las presentes Baronias de Polop, y Benidorm, Chirles y la Nucia […] ha venido á la presente Villa de Polop á efecto de disponer y ajustar los establecimientos de las tierras y agua del nuevo riego de dicho Alfaz, con sus vasallos de dichas Baronías [3].
Se usa la palabra “establecimiento” que, según el Diccionario de Autoridades de 1732, significaba “Ley, ordenanza, estatúto”; es decir que era un acto con consecuencias jurídicas.
Barranco de Polop o Barranc de les Fonts. A la izquierda el cauce cubierto de la Séquia Mare. Detrás del edificio del partidor había una presa, de la que aún quedan restos, donde arrancaba la Séquia Mare. El documento de 1666 habla de Barranc del Salt aludiendo a lo que actualmente se denomina Salt del Gall.
El 8 de abril la señora de las baronías se trasladó a Benidorm y otorgó otro documento, la Carta Puebla. Como la pequeña localidad estaba casi despoblada (unas 10 familias), “estableció” un grupo de agricultores a los que repartió tierras en la partida de l’Alfàs de Baix, solares para construir casas dentro de las murallas del pueblo y reguló las condiciones de su asentamiento, entre otras el uso del riego creado en Polop. Además creó un nuevo municipio, nombrando los cargos municipales con sus normas de funcionamiento, y Benidorm recuperó la condición de villa.
Estos elementos están presentes en la Carta Puebla de 1666 con toda claridad:
[…] se les establezcan solares para que edifiquen sus domicilios, y tierras con riego para que las cultiven, y puedan vivir con ellas, y darles forma de gobierno [Ayuntamiento], y el regimen que es necesario para poderse mantener en Comunidad, como una de las villas del presente reino.
Es decir que Beatriz Fajardo pretendía que esa localidad tuviese categoría de “villa” que significaba tener municipio propio y más habitantes que un pueblo (“lloc” o “pobla”). No creó el riego, ya que dispuso que se regulase como en Polop:
[…] en conformidad á lo que tiene prometido á los vasallos de Polop […] según tiene capitulado con los vasallos de Polop.
[…] con respecto á todo lo demas del establecimiento de las dichas tierras y nuebo riego, que no se hallare capitulado en el presente establecimiento, se ha de estar y esté, á lo demas capitulado en el establecimiento hecho á los vasallos de Polop.
Crear un municipio y repoblarlo, presentes en los textos citados, son dos conceptos claves para definir las cartas de población del Reino de Valencia. Así lo entendieron dos reputados especialistas de la Universidad de Valencia, Enric Guinot García y Manuel Ardit Lucas, cuando incluyeron esta Carta en su recopilación “Cartes de poblament valencianes (segles XVI-XVII)” donde encontramos, con el número 297, la Carta Puebla de Benidorm del 8 de abril de 1666, indicando que su primera edición la realizó el autor de este artículo en el año 2003 [4].
El Arxiu Municipal de Benidorm publicó en la red una versión electrónica descargable de este documento repoblador, indicando también que se trata de una carta puebla.
Por tanto está claro que en abril de 1666 Beatriz Fajardo creó en Polop el Riego Mayor del Alfaz y una semana después, en Benidorm, otorgó la Carta Puebla con la que creó el municipio y lo repobló. Ambos hechos se recogen en dos documentos muy distintos.
Características comunes de ambas cartas.
Aclarada esta premisa básica, pasaré a comentar algunas características de las dos cartas de población de Benidorm. El historiador Miguel Gual Camarena (1916-1974) nos enseñó que todas las cartas del Reino de Valencia tenían una estructura común [5] como si los notarios que las redactaron hubiesen tenido una plantilla genérica que iban desarrollando adaptándose a las circunstancias concretas de cada caso. Esta estructura común es válida tanto para las cartas medievales (siglos XIII a XV) como para las modernas (siglos XVI al XVIII). Puede faltar algún elemento pero deben estar la mayoría y así sucede en las dos de Benidorm: en 1325 no se citan nominalmente los pobladores de Benidorm y en 1666 no se citan los límites municipales. El resto de elementos sí están presentes en las dos.
Evidentemente ambas cartas, publicadas con una diferencia de 341 años, presentan diferencias por responder a necesidades de dos períodos históricos muy distintos. Pero por ser cartas de población tienen también similitudes. Comentaré algunas de ellas empezando por dos que resultan curiosas.
Izquierda: traslado de la Carta Puebla de 1325 conservado en el Archivo del Reino de Valencia. Derecha: copia simple de la traducción castellana de la Carta Puebla de 1666 en el Archivo Municipal de Benidorm.
En el aspecto formal, desconocemos en ambos casos el documento original y sólo poseemos copias posteriores. Lo usual, tanto en las cartas medievales como en las modernas, era que se escribiese sobre pergamino a pesar que ya se utilizaba el papel de forma habitual desde hacía siglos. Con ese soporte de mucho más valor y prestigio se quería subrayar la importancia de un documento que establecía las normas que regirían en el municipio fijando derechos y deberes del señor otorgante y de los vasallos a los que se otorgaba. También era costumbre que el notario guardara una copia en sus protocolos, otra se entregaba al otorgante y la tercera se reservaba para el municipio.
El 8 de mayo de 1325 la Carta Puebla se firmó en Valencia. Ignoramos por qué no se hizo en Benidorm ya que tanto en 1324 como en 1326 Bernat de Sarrià estuvo en dicha localidad según se aprecia en la documentación recientemente publicada por José Vicente Cabezuelo. El notario Joan Cerdà guardó una copia en sus protocolos, otra la entregó a Bernat de Sarrià y la tercera al municipio de Benidorm. Ignoramos qué pasó con esos tres documentos pero parece muy probable que el que se custodió en Benidorm desapareciese con el pueblo. En 1430 Ruy Díaz de Mendoza compró el señorío de Benidorm al infante Juan de Aragón y ese mismo año, el 21 de octubre, el nuevo señor encargó un traslado, es decir una copia notarial de dicha Carta, ignoramos a partir de cuál de los tres originales. El ejemplar del traslado que en dicho año recibió Ruy Díaz debió conservarse en su archivo familiar porque a principios del siglo XVI uno de sus sucesores, Alfonso Fajardo, mandó hacer otro traslado de dicho pergamino, en este caso en papel. Indicaba que tenía un traslado antiguo de un privilegio de Bernat de Sarrià, difunto, señor que fue de dicha baronía de Benidorm y:
[…] té necessitat de alguns translats del dit privilegi, e, perquè aquell n·s perda e stiga conservat, requir a Vostra Snyoria mane al scrivà de vostra cort que registre dit translat autentich en los libres de registre de vostra cort e de allí ne done tants transllats auctèntics e fefaents com sien menester [6].
El traslado se registró el 27 de abril del año 1521 y se conserva en el Archivo del Reino de Valencia.
¿Por qué Alfonso Fajardo quería sacar copias de la Carta Puebla si ya tenía el pergamino de 1430? No lo sabemos pero en mi opinión obedecía a su deseo de volver a poblar Benidorm. En ese año ya estaba despoblado, de lo cual tenemos varios testimonios, entre otros el censo del año 1510 mandado hacer por Fernando el Católico [7]. En él aparece Benidorm integrado en Polop juntamente con Xirles mientras que en documentos anteriores aparecía sólo.
Pocos meses después de esta inscripción un suceso imprevisto, la guerra de las Germanías, cambió por completo el rumbo de Polop y Benidorm. Los corsarios musulmanes ocuparon Benidorm porque los vigilantes del castillo lo habían abandonado a causa de la presencia del ejército agermanado en la comarca. Sucedió en agosto de dicho año 1521 y el pueblo quedó vacío lo que permitió que durante unos días los norteafricanos estuvieran allí libremente, destruyendo en su retirada todo lo que pudieron.
Polop también sufrió un grave descalabro porque el ejército agermanado mató a unos 800 mudéjares tras obligarlos a bautizarse [8]. Ante tales acontecimientos Alfonso Fajardo debió desistir de su propósito de repoblar Benidorm y priorizó Polop que se repobló sólo con cristianos, quedando sus alquerías de Xirles y la Nucia reservadas a los moriscos hasta su expulsión en 1609.
Respecto a la Carta Puebla no sabemos qué pasó con el pergamino de 1430 pero la copia en papel que encargó Alfonso Fajardo permitió las ediciones de Pere Maria Orts (1976, sólo las traducciones valenciana y castellana) y del Ayuntamiento de Benidorm (1988, texto latino, traducciones y varios estudios).
Curiosamente sabemos que hoy día existe un pergamino de 61 x 69 cm. con el traslado del año 1430. Tiene una historia casi detectivesca porque en 1944 estaba en Madrid y allí la compró el benidormense Juan Llorca en una librería de lance. Ignoramos su procedencia y a quién la había comprado el librero.
De ese documento Vicente Llorca Zaragoza realizó dos copias fotográficas en 1946 y gracias a una de ellas Carlos Sáez pudo publicar su transcripción en 1994 pero tras su fallecimiento desconocemos donde puede conservarse. La otra copia se custodia en el Archivo del Museo Naval de Madrid depositada probablemente por Julio Guillén Tato que era su director y persona muy vinculada a Benidorm.
Sin embargo se desconoce el paradero actual del pergamino que, como señaló Rafael Alemany, de Juan Llorca pasó a manos de Francisco Llorca Ferrer, después a las de Pedro Zaragoza Orts y a partir de ahí se le pierde el rastro. Todos los que han estudiado este tema opinan que dicho pergamino existe y está en manos de persona o personas que no tienen interés en hacerlo público.
Respecto a la Carta Puebla de 1666 tampoco conservamos ninguno de los tres pergaminos originales, redactados en valenciano. Pasé tiempo buscando en varios archivos, pero sin resultado. A finales del siglo XIX o principios del XX alguien tuvo en sus manos uno de ellos y realizó una traducción castellana que después la familia Ballester cedió al Ayuntamiento de Benidorm según me indicó Pere Maria Orts. A partir de esa traducción, conservada en el Archivo Municipal, realicé la publicación de 2003.
Aunque no dispongamos de ningún documento original de ambas cartas, lo que poseemos nos permite conocer su contenido con un alto grado de fiabilidad y por tanto su valor como fuente de información histórica es muy importante. Pero si se localizasen los pergaminos citados el patrimonio histórico de Benidorm se enriquecería de forma extraordinaria.
Respecto a la Carta Puebla de Beatriz Fajardo creo conveniente señalar otro dato curioso. En el Antiguo Régimen las mujeres sólo podían otorgar cartas de población si eran viudas con hijos que les sucederían. Por eso hay muy pocas otorgadas por señoras pero en la Marina Baixa poseemos dos, la de Benidorm y la de la Nucia (1705). Ésta última fue otorgada por Josefa de Puigmarín y Fajardo, nieta de Beatriz Fajardo y viuda de José de Puigmarín y Fajardo, su tío carnal e hijo de Beatriz. Los matrimonios entre consanguíneos tenían como finalidad no fragmentar los patrimonios nobiliarios. La consecuencia de esta unión fue que su hijo varón, José María, acabó siendo declarado demente y desposeído de sus señoríos que pasaron a su hermana Josefa. Tampoco ella estaba capacitada pero eso no era un problema: la normativa de la época permitía que las mujeres poseyeran y transmitieran señoríos pero les impedía administrarlos, debiendo hacerlo sus maridos. En este caso lo hizo Luis Texeiro Valcárcel.
Algunos elementos del contenido de las dos cartas.
Si entramos a comparar el contenido de ambas cartas de población conviene tener presente, como paso previo, que Bernat de Sarrià creó en Benidorm cuatro entidades muy distintas:
- El pueblo de Benidorm con sus casas, calles y murallas.
- El castillo que llamó Bellveer [9] pero que perdió ese nombre.
- El municipio, es decir una entidad jurídica.
- El señorío o baronía de Benidorm, también entidad jurídica.
Un factor externo, los constantes ataques de los musulmanes norteafricanos que se llevaron cautivos a sus habitantes en varias ocasiones, sería la causa de la desaparición del Benidorm medieval. Debió ser en 1503 cuando, tras un ataque turco, fue abandonado por sus habitantes. Sin ellos la Carta Puebla dejó de tener vigencia ya que desapareció el municipio que fue absorbido por Polop y también el pueblo porque las casas se hundieron y desaparecieron las antiguas calles y la plaza de la iglesia. Pero subsistieron el castillo, pieza clave en la defensa del territorio que fue asumida por el Reino de Valencia, y el señorío que permitía recaudar los derechos de pesca en la isla y de la manipulación de atunes ya que los señores de Benidorm poseían un almacén de la almadraba, denominado "la chanca", al inicio de la playa de Levante, donde se troceaba y salaba el atún para consumirlo fuera de la temporada de pesca.
La pervivencia de esos dos últimos elementos permitió que Beatriz Fajardo pudiera repoblar Benidorm. En 1654 heredó los señoríos de Polop y Benidorm tras un pleito muy largo, de casi once años, y económicamente muy costoso. Para recuperar la inversión decidió repoblar el pueblo de Benidorm, un proceso que culminó en 1666. Como paso previo reparó el castillo, las murallas y señaló 40 solares dentro de ellas para que los futuros habitantes del pueblo construyeran allí sus casas. Con la Carta Puebla que les otorgó confirmaba el señorío ya que los pobladores la reconocían como señora y se declaraban sus vasallos:
[...] aceptaban y recibian por Señora á la dicha muy noble Señora Doña Beatriz Maria Fajardo y Mendoza, y á sus succesores en dicha Baronia; rindiendole las devidas gracias por quererles admitir por sus vasallos, y prestaron sacramento y omenage, fidelidad y naturaleza, que como buenos y leales vasallos estaban obligados á prestarle.
También volvía a crear un municipio nombrando a sus dirigentes y regulando sus funciones: justicia, jurados, almotacén (encargado de pesas y medidas), etc. A este nuevo municipio le otorgó un término muy similar al actual pero de menor superficie que el medieval.
Benidorm en un fragmento de un plano de 1717 conservado en el Archivo del Reino de Valencia. El pueblo de principios del siglo XVIII sería muy similar al repoblado en 1666. Obsérvese que el recinto amurallado no ocupaba todo el promontorio de Canfali sino su parte superior. En un momento que no conocemos del siglo XVIII se derribaron las murallas y el pueblo ocupó todo el lado norte del promontorio.
Con todos esos elementos Benidorm inició una nueva andadura histórica. En el siglo XIX, a partir de 1830, desapareció el secular peligro corsario. El castillo estaba en en ruinas desde la Guerra de la Independencia y no se sintió la necesidad de repararlo. En 1837 se abolió el Antiguo Régimen y con él desaparecieron los señoríos jurisdiccionales, entre ellos los de Polop y Benidorm.
Pero subsistieron el pueblo y el municipio de manera que el Benidorm actual es el heredero directo del creado en 1666 el cual a su vez se apoyó en el de 1325. Por eso no tiene mucho sentido decir cuál de sus dos cartas de población es más importante. El devenir histórico fue creando una cadena de acontecimientos cuyos eslabones se enlazaron uno tras otro y nos han conducido a la situación actual. Somos lo que somos gracias a todos aquellos acontecimientos y todos son imprescindibles para explicar nuestra existencia como ciudad.
Las cartas de población reflejan el mundo feudal en el que surgió este tipo de documentos a partir del siglo IX. Pero el Reino de Valencia se creó más tarde, en el siglo XIII, tras la conquista de Xarq al-Ándalus, y su feudalismo fue impuesto, no surgido por evolución del mundo romano como pasó en otros países europeos. Eso supuso un feudalismo peculiar. En la época de Bernat de Sarrià ya se estaba debilitando porque el poder del rey y del estado era más fuerte, imponiendo limitaciones a los señores territoriales como por ejemplo la obligación de regirse por los Fueros de Valencia.
En la época de Beatriz Fajardo el feudalismo ya había desaparecido y se había transformado en lo que los historiadores denominan Régimen Señorial, con evidentes reminiscencias feudales como por ejemplo el juramento de fidelidad, pero con características diferenciales y específicas. En el siglo XVIII las reformas borbónicas lo debilitaron aún más ya que recortaron las competencias señoriales, por ejemplo la pérdida de sus atribuciones judiciales. También recortaron la autonomía del municipio y si, por ejemplo, los regantes de la Séquia Mare querían reunirse debían pedir permiso a la Real Audiencia de Valencia, no al señor de la baronía.
El interés económico de obtener beneficios de los señoríos territoriales es una de las causas por las que se otorgaban todas las cartas de población y constituye un elemento imprescindible para poder entenderlas.
Bernat de Sarrià tenía numerosos señoríos en la parte interior de la Marina Baixa, en aquella época denominada Les Muntanyes d’En Sarrià. Su centro administrativo estaba en Callosa, donde residió con frecuencia, pero necesitaba tener una localidad costera para exportar sus productos agrícolas y debería estar poblada con cristianos para repeler los ataques de los corsarios magrebíes. Lo intentó primero con Altea la Vella y luego con la Vila Joiosa pero fracasó en ambos casos y finalmente tuvo que crear Benidorm segregándolo de Polop. A diferencia de las dos localidades anteriores Benidorm no tenía río y tuvo que solucionar el problema del agua trayéndola desde Lliriet hasta Benidorm. También llevó agua desde Polop hasta la alquería del Albir, entonces perteneciente a Benidorm.
Crear esta nueva villa le supuso muchos gastos en unos momentos en los que las deudas ponían en peligro la conservación de su patrimonio señorial. Desconocemos si recuperó o no su inversión inicial pero está claro que su sucesor, el infante Pedro de Aragón y Anjou sí obtuvo ingresos saneados. Así fue hasta 1365, es decir hasta la guerra con Castilla o Guerra de los dos Pedros. A partir de ese momento, que coincide con el incremento de los ataques magrebíes, se inició el declive del Benidorm medieval.
En el siglo XVII Beatriz Fajardo había gastado muchísimo dinero en el pleito para poder heredar los señoríos valencianos. El de Benidorm, despoblado, apenas le generaba ingresos y decidió repoblarlo lo que le suponía nuevas inversiones en reparar las defensas (castillo, muralla, fosos, puentes levadizos, etc.) y construir los edificios de los molinos harineros, del horno, la carnicería, la tienda, el hostal, etc. El agua seguía siendo un problema y por eso tuvo que construir previamente la acequia del Riego Mayor del Alfaz. A partir del 8 de abril de 1666, con el riego recién creado, los pobladores empezaron a llegar y el número de habitantes de Benidorm empezó a crecer al mismo ritmo que los impuestos que cobraba Beatriz Fajardo, con lo que en pocos años recuperó su inversión.
La defensa es otro elemento que aparece en ambas cartas de 1325 y 1666. Los enemigos eran casi los mismos: los corsarios berberiscos que durante los primeros quinientos años de la historia de Benidorm constituyeron un pertinaz azote.
Bernat de Sarrià indicaba que se reservaba en su señorío el dominio y la fidelidad, la paz y la guerra “como el señor rey lo tiene en la ciudad de Valencia” y que si alguien atacaba alguna de sus propiedades deberían incorporarse a su hueste “sólo en nuestra tierra”. Eso significaba, entre otras cosas, que los habitantes de Benidorm estaban obligados a defender su pueblo en caso de ataques corsarios. Si alguien tenía posesiones en Benidorm y no residía en él debería dejar en su lugar “una casa poblada por cristianos para defender dicho lugar”. Por su parte Sarrià y los señores territoriales que le sucedieran serían responsables de su castillo nombrando y pagando al alcaide y a los vigilantes. Como en aquella época Polop tenía mayoría de población musulmana otorgó a la nueva villa cristiana casi todo el territorio del actual Alfàs del Pi y parte de la Nucia para que vigilase y defendiese su litoral.
A la larga esta obligación defensiva fue imposible de cumplir, sobre todo cuando a finales del siglo XIV se inicia un claro declive demográfico de Benidorm. Eso condujo a que en el siglo siguiente los musulmanes se llevasen cautivos en varias ocasiones a la mayoría de los vecinos. No todos pudieron pagar el rescate y regresar con lo que en 1493 la población había quedado reducida a 6 familias, unos 27 habitantes [10]. Si descontamos las mujeres y los niños es evidente que los varones adultos no podían resistir el ataque de uno o varios centenares de corsarios, lo que explica el abandono final de la villa. Por esa causa, durante siglo y medio, fue el Reino de Valencia el que mantuvo un alcaide y varios vigilantes en el castillo.
En el siglo XVII los corsarios dejaron de atacar el litoral de la Marina Baixa y limitaron sus actividades al mar, capturando naves mercantes. Por dicha causa el litoral empezó a poblarse y Beatriz Fajardo pudo emprender la repoblación de Benidorm asumiendo también su defensa y la de la torre de les Caletes con obligación de nombrar y pagar a sus vigilantes, dirigidos a partir de entonces no por un alcaide sino por un tinent de batlle.
En la Carta Puebla indica varias veces la imperiosa necesidad de organizar la defensa:
[…] considerando que la presente villa, y Baronia de Benidorm […] esta despoblada, y sin la poblacion de vasallos, vecinos y moradores, que son menester, para su buen gobierno y custodia, de lo que ha resultado casi su total ruina, la de sus casas, habitaciones, y murallas.
[…] la presente villa de Benidorm esta derruida y para su custodia necesita de pobladores, la muy noble Señora determina, que haya en ella cierto y determinado numero de pobladores con obligacion de residir en dicha villa.
El número era el de 40 familias residiendo dentro de las murallas. Cuando se alcanzó esta cifra, los benidormenses pudieron instalarse en masías junto al Riego Mayor del Alfaz. La creación de Altea (1627) y la de Benidorm permitían una vigilancia efectiva del litoral y por ello vivir en masías aisladas dejó de ser peligroso.
Como Polop era una localidad cristiana entregó a Benidorm un término municipal más reducido que el medieval. Eso supuso que el Albir y casi la mitad de Serra Gelada continuaron en manos de Polop que tenía que vigilar y defender este tramo del litoral en el que se encontraba la torre vigía de la Bombarda.
Otro tema que tratan ambas cartas, aunque de manera diferente, es el de los impuestos señoriales. La de 1325 tenía como objetivo atraer pobladores así que era muy generosa en las exenciones fiscales. En 1666 se estaba produciendo un incremento demográfico en todo el Reino de Valencia y el peligro corsario se circunscribía al mar con lo que había demanda de tierras y Beatriz Fajardo pudo imponer mayores cargas fiscales a sus vasallos.
Bernat de Sarrià establecía numerosas exenciones, siendo las más importantes:
- Las casas y las tierras de regadío y secano estaban libres “de todo censo o tributo y de cualquier otra servidumbre”.
- El agua, las acequias y las conducciones subterráneas de agua para regar y para todas las necesidades de los benidormenses estaban libres de cualquier tributo.
- Los pastos y los ganados estaban libres de impuestos no sólo en Benidorm sino en todos los señoríos de Bernat de Sarrià.
- Los vecinos podían recoger libremente madera, cal, yeso, piedras, esparto etc., en el término de Benidorm.
- Podían vender libremente sus bienes muebles e inmuebles y llevarse las ganancias sin ningún censo o tributo.
- Uno de los impuestos señoriales que más ingresos generaba era la “peita” o impuesto por los bienes inmuebles y Benidorm estaba exento de su pago.
- Bernat de Sarrià se reservaba las regalías: hornos, molinos harineros, carnicerías, baños, etc. Eran negocios en régimen de monopolio señorial y nadie podía establecer otros.
Se trataba de unas condiciones muy favorables y hubiesen atraído muchos pobladores en otras circunstancias pero los ataques corsarios las hicieron inútiles y Benidorm acabó despoblado.
En 1666 las condiciones de asentamiento fueron más duras desde el punto de vista económico pero en cambio la seguridad estaba consolidada y los nuevos pobladores las aceptaron.
- Obligación de residir en el municipio; en caso de incumplimiento el infractor perdería las tierras y se entregarían a otra persona.
- Los antiguos pobladores que tenían tierras tributando como secano cambiaban a regadío pagando censo y peita más elevados.
- En 1666 los vasallos obtuvieron un “alivio” en los pagos: en los 5 primeros años pagaron una peita de 3 libras y 5 sueldos anuales. Pasado ese tiempo se hizo una nueva valoración al alza.
- Los vasallos pagaban un censo de tres dineros y medio por cada libra en que se valoraban sus tierras.
- Los vasallos estaban obligados a utilizar las regalías como en la Edad Media pero desaparecen los baños y arrozales. El resto, las tiendas, las almazaras, los molinos harineros y el hostal, continuaban como antiguamente.
- Los vasallos que no pagaban estos impuestos podían ser desahuciados de casas y tierras.
- Los vasallos de Polop y Benidorm podían llevar libremente a pastar sus rebaños en ambas baronías lo mismo que cortar leña y recoger esparto.
- Todos los vasallos pagaban el diezmo o décima parte de los productos del regadío y del secano.
- El municipio exigía a los vecinos el impuesto de la sisa para atender a sus gastos.
- Aunque no se recoge en la Carta, los regantes debían pagar también por el agua, a un tanto por hora de riego a la que tenían derecho.
- No se nombran en la Carta pero era usual que si algún vasallo quería vender sus propiedades el señor territorial tenía derecho preferente de compra (fadiga). Si no lo hacía cobraba un porcentaje de la venta (laudemio).
Estas cargas tributarias permitieron a los sucesores de Beatriz Fajardo obtener abundantes rentas pero suscitaron gran descontento entre los vecinos. No participaron en el levantamiento armado de la Segunda Germanía pero en la Guerra de Sucesión adoptaron la causa del Archiduque Carlos de Austria porque había prometido abolir los derechos señoriales. El triunfo de Felipe V permitió que siguieran vigentes. Iniciaron más tarde una serie de pleitos pero los tribunales dieron la razón a los señores. Cuando las Cortes de Cádiz abolieron los señoríos los vasallos dejaron de pagar los impuestos señoriales pero tras el regreso de Fernando VII se volvió al punto de partida. Finalmente en 1837, con la abolición del Antiguo Régimen, pudieron ver cumplidas algunas de sus seculares aspiraciones.
Para finalizar me parece interesante subrayar la diferencia entre ambas cartas en relación con el mar y las actividades marítimas.
El Benidorm de 1325 fue creado junto al mar por el almirante Bernat de Sarrià que también era propietario de algunas embarcaciones. Por eso su Carta regula la utilización del mar. Hay poca documentación sobre el tráfico mercantil de su puerto pero sabemos que se exportaban como mínimo pasas (panses de Polop), muy apreciadas, y piedra para algunos edificios de la ciudad de Valencia. El vino era también un producto que se podía importar y exportar libremente lo mismo que los higos secos y las almendras.
La Carta Puebla eximía a sus vecinos de todos los pagos relacionados con el comercio lo cual hacía rentables las exportaciones e importaciones. Los buques fondeaban cerca de la playa y una barca los cargaba o descargaba porque no había puerto. En la playa había una barraca para resguardar las mercancías, esas eran todas las instalaciones portuarias.
Les concedía el derecho de pesca aunque en este caso se reservaba el diezmo de las capturas. A pesar de ello la pesca junto a la isla de Benidorm era una actividad económica rentable que atraía también a pescadores de la Vila Joiosa. Éstos, inicialmente, debían pagar el diezmo en la isla pero en el siglo siguiente el rey les autorizó a pagarlo en su pueblo y el batlle de Benidorm debía desplazarse él para cobrarlo.
La Carta de 1666 ignora por completo el mar, no hace ninguna referencia a él. Sin embargo en 1655, en la toma de posesión de Benidorm por Beatriz Fajardo se manifiesta su dominio sobre el mar mirando la isla desde la playa, mostrando así su derecho a cobrar el diezmo del pescado. También acudió a la chanca de la almadraba, al principio de la playa de Levante, y tomó posesión de ella para confirmar su derecho a recibir los tributos correspondientes por la manipulación del atún. A principios del siglo XVII habían perdido el derecho a autorizar y cobrar por calar almadrabas porque en el año 1603 Felipe III entregó a su valido el duque de Lerma todas las almadrabas valencianas. A través de este ducado las almadrabas pasaron a la Casa de Medinasidonia hasta que en el siglo XIX se abolió este privilegio señorial.
Combate entre cinco jabeques cristianos y tres galeras musulmanas acaecido en 1755 frente a Benidorm. Recreación artística del pintor Ribes Sogorb. A partir de la expulsión de los moriscos en 1609 ya no se produjeron ataques terrestres en la Marina Baja aunque continuaron en el mar. En 1666 ya se habían olvidado las incursiones de los siglos XV y XVI.
En tiempos de Beatriz Fajardo habían olvidado que los ataques corsarios fueron la causa de la desaparición de Benidorm. Se atribuía su despoblación a la penuria de agua para la agricultura y para repoblarlo se creó el Riego Mayor del Alfaz:
[…] la presente villa, y Baronia de Benidorm, á causa de no tener huerta y tierras de regadio, esta despoblada, y sin la poblacion de vasallos, vecinos y moradores, que son menester, para su buen gobierno y custodia, de lo que ha resultado casi su total ruina […] por lo que en el año de 1659 fue propuesto y determinado por la dicha muy noble Señora el recoger y pasar, á su costa y expensas, las aguas que corren perdidas por el barranco dicho del Salto de Polop, á las tierras del Alfas, termino de la presente Baronia de Benidorm, y dar riego en beneficio de la nueba población, y aumento de esta, y de los demas vasallos de Polop, Chirles, y la Nucia.
[…] se espera y confia en lo sucesibo feliz exito […] por cuanto despues de conseguido el nuebo riego, cada dia se experimenta que bienen nuebos pobladores, bajo la confianza de que se les han de establecer casas y solares para su habitacion, y tierras.
En estos párrafos queda clara la importancia que tenía la Séquia Mare en 1666. No podían conocer todo lo que hoy sabemos sobre la historia de los siglos XIV y XV y de ahí el error de atribuir la despoblación de Benidorm a la escasez de agua, que no existía en la Edad Media. La aceptación, sin más, de estas afirmaciones iniciales de la Carta Puebla fue, probablemente, la causa de que algunas personas pensaran que era un documento de riego.
Otro hecho que queda claro es que en 1666 sobraba agua en Polop y eso animó a la construcción del Riego Mayor del Alfaz. Su éxito fue tan grande que a partir de ese momento la población creció de forma extraordinaria. De las 23 familias de 1666 (103 habitantes) se pasó a 604 familias (2.718 habitantes) en el año 1791.
Este crecimiento demográfico supuso escasez de agua y de suelos agrícolas. En el último tercio del siglo XVIII la mar fue la gran solución: la pesca, la almadraba y el transporte marítimo se convirtieron en una característica de Benidorm. También a finales de dicho siglo se difundió en Benidorm el fenómeno de los corsarios benidormenses. Algunos particulares y también entidades como el Ayuntamiento de Benidorm o la cofradía de pescadores de Altea, solicitaban al rey una patente de corso para perseguir el contrabando y luchar contra los enemigos de la Corona que en aquellos convulsos años de las guerras napoleónicas fueron unas veces los ingleses y sus aliados y otras los franceses y los países dominados por Napoleón. Acabadas las guerras los corsarios benidormenses se dedicaron a la represión del contrabando, una actividad en la que destacó Juan Bautista Pérez y Martínez.
El Benidorm de Beatriz Fajardo, creado de espaldas a la mar, volvió a él y una parte de sus gentes encontraron allí el sustento que les negaba la tierra. Algunos, como el citado Juan Bautista, acumularon grandes capitales. Benidorm retornaba a sus orígenes, a la mar, que en el actual municipio turístico, sigue siendo un elemento imprescindible de su éxito aunque con actividades muy distintas a las tradicionales.
NOTAS
Para las citas de la Carta Puebla de 1325 he utilizado el texto de 1430 y la transcripción de Carlos Sáez pero la traducción al castellano es mía. Para la Carta de 1666 reproduzco literalmente la traducción que custodia el Arxiu Municipal de Benidorm y sólo he desarrollado las abreviaturas.
[1] AMILLO ALEGRE, F.: Beatriu Fajardo de Mendoza i la Carta de Poblament de Benidorm (1666). Benidorm, 2003. Ed. de Caixaltea y Ayuntamiento de Benidorm.
[2] GUAL CAMARENA, M.: Las cartas pueblas del Reino de Valencia. Generalitat Valenciana, 1989, página 93 y siguientes.
[3] Comentario del documento y transcripción en el anexo en https://histobenidorm.blogspot.com/2016/04/polop-y-benidorm-hace-350-anos.html
[4] Enric GUINOT GARCIA, E. y Manuel ARDIT LUCAS, M: “Cartes de poblament valencianes (segles XVI-XVII)” volumen III, 2017. Incluyen, con el número 297, la Carta Puebla de Benidorm del 8 de abril de 1666 páginas 2399-2407.
[5] GUAL CAMARENA ibid., p. 39-40
[6] ARV Gobernación, núm.2470. 27 de abril de 1521.
[7] GARCÍA CÁRCER. R.: “El censo de 1510 y la población valenciana de la primera mitad del siglo XVI”, pág. 52. En https://www.uv.es/cuadernosgeo/CG18_49_66.pdf
[8] TEROL i REIG, Vicent: “La baronia de Polop, la Marina Baixa i la revolta de la Germania”.Ajuntament de Polop, 2014.
[9] 14/07/1326 ACA,C, cc.rr. Jaime II, caja 72 número 883. Cita de CABEZUELO PLIEGO “Formación y declive del estado señorial de Bernat de Sarrià en el Reino de Valencia, 2023 pág.175.
[10]. VALLDECABRES RODRIGO, Rafael: “El cens de 1510. Edició dels llibres registre 514bis i 514 ter de la secció de Cancelleria Reial de l’Arxiu del Regne de València”, 2002, pág. 551.